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domingo, 30 de junio de 2013

Cómo es la estructura del Sistema Educativo en el Perú

Estructura del Sistema Educativo


El Sistema Educativo peruano se divide en:

- Educación Básica o inicial
- Educación primaria
- Educacin secundaria
- Educación superior
La educación inicial se ofrece en cunas (menores de 3 años), jardines para niños (de 3 a 5 años) y a través de programas no escolarizados, destinados a niños pobres de las áreas rurales y urbano-marginales. Según la Constitución de 1993, es obligatorio un año de educación inicial, para la población de 5 años de edad.
El siguiente nivel es la educación primaria que tiene una duración de 6 años. Cabe mencionar, que anteriormente la primaria tenía una duración de sólo 5 años.
En la educación primaria, para ser promovido se necesita un promedio de 11 (sistema vigesimal de evaluación) y aprobar por lo menos lenguaje o matemáticas.
La educación secundaria se organiza en dos ciclos: el primero, general para todos los alumnos, dura dos años el cual resulta obligatorio y que junto a la educación primaria constituyen el bloque de la educación obligatoria; el segundo, de tres años, es diversificado, con opciones científico-humanista y técnicas. Se ofrece en dos modalidades: para adolescentes (grupo de edad 12-16 años) y adultos. Según la Constitución de 1993, también la enseñanza secundaria es obligatoria.
La educación superior se imparte en escuelas e institutos superiores, centros superiores de post-grado y universidades. Los institutos ofrecen programas de formación de maestros y una variedad de opciones de formación técnica en carreras que tienen una duración no menor de cuatro ni mayor de diez semestres académicos. Los institutos y escuelas superiores otorgan títulos de profesional, técnico y experto, y también los de segunda y ulterior especialización profesional. Las universidades otorgan títulos de bachiller, maestro y doctor, así como certificados y títulos profesionales, incluso los de segunda y ulterior especialización.

Estructura del Sistema Educativo Universitario

El gobierno central no interviene directamente en el sistema de educación superior universitario. Las universidades peruanas cuentan con autonomía universitaria, que es el principio fundamental que garantiza su independencia en relación con los poderes públicos, en la toma de decisiones en el ámbito de sus competencias.
El estado ha encargado su atribución normativa, coordinadora y de exigencia de calidad a la Asamblea Nacional de Rectores.
Recursos de fuentes públicas y privadas destinados a las instituciones de Educación Superior
Fuentes publicas:
- Tesoro público: (Asignación directa a las universidades publicas) o Aportes del Canon y sobrecanon Minero, de los Hidrocarburos, Pesquero, Hidro-energético, Forestal, Gasífero y Petrolero; (Asignación indirecta a las universidades publicas a través de los Gobiernos regionales quienes pueden financiar proyectos específicos a las universidades).
- Oficina de Becas y Crédito Educativo del Ministerio de Educación: Becas y créditos para egresados de universidades públicas y privadas.
Fuentes privadas:
Donaciones de empresas privadas.
Aranceles pagados por los estudiantes.
Modalidades de asignación de los recursos públicos a las universidades públicas
  • Tesoro Público: Se asigna en base a una revisión de la solicitud presupuestal presentada por cada universidad a la Comisión de Presupuesto del congreso. No se toman en cuenta indicadores de gestión ni otros indicadores de meritocracia.
  • Canon, sobrecanon, regalías, rentas de aduana y participaciones: El gobierno regional, apoya el financiamiento de las universidades en base a los proyectos de inversión presentados y aprobados por el Sistema Nacional de Inversión Publica SNIP, siempre que estos contribuyan al desarrollo de la Región.
  • Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología: Apoya el financiamiento de proyectos de investigación y capacitación de investigadores, basados en la evaluación de los proyectos presentados y también en base a ciertos indicadores de eficacia de los programas de postgrado.
Descripción y cuantificación de los “otros ingresos” de las universidades públicas
- Aranceles de pregrado y posgrado

- Recursos Directamente Recaudados

- Aportes Privados
Financiamiento público de universidades privadas
En el pasado algunas universidades privadas recibían fondos del estado, Hoy en día no existe financiamiento público para tales universidades
Organización de las universidades
Las Universidades bajo el régimen de la ley 23733 conforman su gobierno según los siguientes lineamientos:
El Gobierno de las Universidades y de las facultades se ejerce por:
  • La Asamblea Universitaria
  • El Consejo Universitario
  • El Rector
  • El Consejo y el Decano de cada Facultad.
La Asamblea Universitaria tiene la composición siguiente:
  • El Rector y el o los Vice Rectores
  • Los Decanos de las Facultades y en su caso, el Director de la Escuela de Post-grado.
  • Los representantes de los profesores de las diversas Facultades, en número igual al doble de la suma de las autoridades universitarias a que se refieren los incisos anteriores. La mitad de ellos son profesores principales. El Estatuto de cada Universidad establece la proporción de las representantes de las otras categorías.
  • Los representantes de los estudiantes que constituyen el tercio del número total de los miembros de la asamblea; y o Los representantes de los Graduados, en número no mayor al de la mitad del número de del Decanos.
  • Los funcionarios administrativos del más alto nivel asisten, cuando son requeridos por la asamblea, como asesores, sin derecho a voto.
El Consejo Universitario es el órgano de dirección superior, de promoción y de ejecución de la Universidad. Está integrado por el Rector y el o los Vice Rectores, los Decanos de las Facultades y en su caso, el de la Escuela de Postgrado, por representantes de los estudiantes, cuyo número es el de un tercio del total de los miembros del consejo, y por un representante de los graduados. Los funcionarios administrativos del más alto nivel asisten cuando son requeridos al consejo como asesores, sin derecho a voto.
El Consejo Universitario puede tener comisiones permanentes o especiales, las que rinden cuenta al plenario del cumplimiento de sus tareas. Estas comisiones son obligatorias si el Consejo Universitario tiene veinte (20) miembros o más.
El Rector es elegido para un período de cinco años. No puede ser reelegido para el período inmediato siguiente. El cargo de Rector exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada.
Hay uno o dos vice-rectores, cuyas funciones se señalan el Estatuto de la
Universidad y deben reunir los mismos requisitos que se exige para el cargo de
Rector. Son elegidos para un período de cinco años y no pueden ser reelegidos para el período inmediato siguiente.
El Gobierno de la Facultad corresponde al Consejo de la Facultad y al Decano, de acuerdo con las atribuciones que señala el Estatuto.
El Decano representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea
Universitaria. Es elegido por el Consejo de la Facultad entre los profesores principales de ella que tengan diez años de antigüedad en la docencia, de los cuales tres deben serlo en la categoría, y deben tener el grado de Doctor o el más alto título profesional cuando en el país no se otorgue dicho grado en la especialidad.
El Decano es elegido para el período de tres años Y puede ser reelegido por una sola vez para el período inmediato siguiente, mediante voto de los dos tercios del Consejo de la Facultad.
Estructura académica de las universidades
  • Cada Universidad organiza y establece su régimen académico por Facultades de acuerdo con sus características y necesidades.
  • Las Facultades son las unidades fundamentales de organización y formación académica y profesional. Están integradas por profesores y estudiantes. En ellas se estudia una o más disciplinas o carreras, según la afinidad de sus contenidos y objetivos, y de acuerdo con la currícula elaborada por ellas.
  • Cada Universidad regula las relaciones de sus Facultades con las demás unidades académicas dentro del espíritu de la presente ley.
  • Los Departamentos Académicos son unidades de servicio académico, específico a la universidad, que reúnen a los profesores que cultivan disciplinas relacionadas entre si. Coordinan la actividad académica de sus miembros, y determinan y actualizan los sílabos de acuerdo con los requerimientos curriculares de las Facultades.
  • Los Departamentos sirven a una o más Facultades según su especialidad, y se integran a una Facultad sin pérdida de su capacidad funcional, según lo determine el Estatuto de la Universidad.
Asamblea Nacional de Rectores
La Asamblea Nacional de Rectores es un organismo público autónomo constituido por los Rectores de las Universidades Públicas y Privadas, como ente rector de estudio, coordinación y orientación de las actividades universitarias del país. Tiene autonomía económica, normativa y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo establecido en la ley Nº 23733 y demás disposiciones legales vigentes.
Algunas de sus funciones:
  • Estudiar, coordinar y orientar las actividades de las universidades.
  • Compilar y remitir los proyectos de presupuesto anuales y planes estratégicos de las   Universidades Públicas y pedidos de las Universidades Privadas
  • Formular su propio proyecto presupuestal.
  • Elaborar y publicar un informe anual sobre la realidad y política universitaria.
  • Elaborar y difundir estándares académicos.
  • Elegir a los representantes de las Universidades Privadas ante la Comisión de Coordinación   Interuniversitaria.
  • Evaluar y designar universidades para revalidar Grados y Títulos del extranjero con países sin   convenio.
  • Recopilar Estatutos vigentes de las universidades.
Funciones específicas acordadas por el Pleno de Rectores:
  • Constituir Fondos con Recursos Propios de la Asamblea Nacional de Rectores, sujeto a la disponibilidad presupuestal, con la finalidad de estimular la investigación científica y promover la excelencia académica de estudiantes y docentes universitarios.
  • Auspiciar con estímulo económico la realización de investigación científica por los docentes universitarios, incluida la adquisición de equipos y su transferencia en uso a las universidades nacionales.
  • Apoyar el otorgamiento de becas a estudiantes universitarios que acrediten buen rendimiento académico durante su formación profesional y no cuenten con recursos económicos suficientes.
  • Apoyar la edición y publicación a través de un fondo editorial de los trabajos de investigación realizados por docentes universitarios o intelectuales.
Directorio universitario
La ANR tiene en su jurisdicción 77 Universidades.
El Consejo Nacional para la Autorización y Funcionamiento de las Universidades (CONAFU) tiene en su jurisdicción 25 Universidades.
Registro Nacional de Grados y Títulos
El REGISTRO NACIONAL DE GRADOS Y TITULOS (http://gyt.anr.edu.pe/) creado por Ley N° 25064, se encarga de administrar la base de datos de Grados y Títulos emitidos por las universidades públicas y privadas del país.
Funciones:
  • Proponer un formato único para los diplomas de Grados y Títulos que reúna características de seguridad que impidan su adulteración y/o falsificación.
  • Velar por el cumplimiento del Reglamento de Grados y Títulos.
  • Administrar la información de Grados, Títulos, Segundas Especialidades.
  • Normalizar los procedimientos para el correcto envío de información por parte de las Universidades.
  • Llevar el Registro de Diplomas anulados por las Universidades.
  • Llevar el Registro de Diplomas duplicados emitidos por las Universidades.
Consejos Regionales InterUniversitarios (CRI)
La ANR cuenta dentro de su organización con los llamados Órganos Descentralizados.
Consejo Regional InterUniversitario del Norte (CRI - Norte).

Consejo Regional InterUniversitario del Sur (CRI - Sur).

Consejo Regional InterUniversitario de Lima (CRI - Lima).

Consejo Regional InterUniversitario del Centro (CRI - Centro).

Consejo Regional InterUniversitario Amazónico (CRI - Amazónico).
En Lima existen 31 universidades institucionalizadas, de las cuales 7 son nacionales y 24 son privadas.
En provincia existen 46 universidades institucionalizadas, 24 son nacionales, y 22 son privadas.
Aseguramiento de la calidad de la educación universitaria
Para la educación superior universitaria se establecen dos tipos de acreditación:
  • Acreditación institucional especializada, por áreas, programas o carreras.
  • Acreditación institucional integral.
Aseguramiento Interno de la Calidad
Las formas como se lleva son muy variadas en las Universidades peruanas. Normalmente el proceso de aseguramiento es organizado por el Rectorado o Vicerrectorado Académico y apoyado por unidades de Calidad Universitaria, creadas por iniciativa propia o para cumplir con la recomendación de la Asamblea Nacional de Rectores.
Se pueden citar como los procesos más comunes:
  • Formulación e implementación de planes estratégicos institucionales
  • El examen de admisión que realiza cada universidad.
  • El desarrollo de ciclos de nivelación.
  • La evaluación del docente.
  • Los procesos de orientación y tutoría.
  • La revisión periódica del currículo.
  • Actualización permanente de los sílabos.
  • Programas de Estudios Generales. (Para otorgar una formación integral de nivel universitario).
  • La implementación de sistemas de información para monitoreo de los resultados académicos.
  • El desarrollo de procesos de autoevaluación de carreras profesionales y programas de postgrado, con fines de mejora.
  • Diagnóstico y formulación de planes de capacitación para Docentes y personal administrativo
Aseguramiento externo de la Calidad: Organismos oficiales
En la actualidad, existen dos organismos oficiales, encargados de realizar acciones de aseguramiento externo de la calidad:
Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades- CONAFU
Funciones:
  • Evaluación del proyecto para otorgamiento de la autorización inicial de funcionamiento.
  • Evaluación del funcionamiento como mínimo durante los primeros cinco años.
Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria-CONEAU http://coneau.gob.pe/
  • En implementación: Acreditación de carreras, postgrados e instituciones.
  • En implementación: Certificación de competencias profesionales.
Enseñanza universitaria en las aulas
Las universidades peruanas cuentan con un plan de estudios a seguir que se cumple a lo largo de 5 a 6 años aproximadamente divididos en semestres (2 semestres al año). Los cursos que se enseñan durante este tiempo son cursos generales y cursos de carrera. Actualmente muchas de ellas ofrecen al alumnado la enseñanza de cursos de carrera desde el primer ciclo.
Cada curso tiene asignado un número de créditos dependiendo de la complejidad del mismo, este acumulado debe resultar al final de la carrera (pregrado) a una cifra aproximada de 200 créditos. La calificación de las evaluaciones tiene un valor de 0 a 20.

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